BOCHORNO Y POLIESTER INFLAMABLE Miércoles 21 de Julio de 202118:05 Hoy al mediodía se juntaron en el Café Fernandez algunos Grillos y Perros mal arriados a discutir acerca del artículo 202 del CP que dice: “Será reprimido con reclusión o prisión de tres a quince años, el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas”. Según nos cuenta un Grillito estudioso que: “ …con esta notis criminis, el fiscal federal o quien estuviera en su lugar, debe iniciar actuaciones de oficio, ya que posiblemente, el Fiscal Poliéster, quien debe caminar por la sombra si o si, porque si no se le incendia el traje y hasta puede generar combustión por fricción; posiblemente sea partícipe necesario por su posición de garante, máxime, cuando omitió informar que uno de los imputados tenía covid”.