interiores de hostelerÃa al 60 % con un horario máximo de cierre la 01:00 horas y el ocio nocturno en discotecas con un aforo del 50 %, hasta las 04:00 horas y sin la posibilidad de utilizar la pista de baile. Los cambios afectan también a actividades especÃficas que se realizan sobre todo en la temporada estival, como las actividades de ocio y comidas populares y, con carácter general, no se permitirán pasacalles y kalejiras con comitiva y los espectáculos taurinos se podrán celebrar tanto en espacios y lugares habilitados como en los no catalogados como plazas d...